07/05/2021
La compra o venta de un vehículo de segunda mano es una transacción común, pero que requiere una serie de documentos y trámites para garantizar su legalidad y evitar problemas futuros tanto para el comprador como para el vendedor. Entender qué papeles son necesarios y en qué momento intervienen es fundamental para un proceso fluido y seguro. No se trata solo de entregar las llaves y recibir el dinero; hay un respaldo legal y administrativo que debe cumplirse rigurosamente.

- Documentos Esenciales para el Vendedor
- Documentos Esenciales para el Comprador
- El Proceso de Transferencia y Documentos Adicionales
- Tabla Resumen de Documentos y Responsabilidades
- Preguntas Frecuentes sobre la Documentación
- ¿Qué pasa si el coche tiene multas o cargas pendientes?
- ¿Quién paga el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y la tasa de la DGT?
- ¿Cuánto tiempo tengo para realizar el cambio de titularidad en la DGT?
- ¿Puedo circular con el coche inmediatamente después de comprarlo y firmar el contrato?
- ¿Es necesario ir a la DGT con el vendedor?
- ¿Qué son los vicios ocultos?
Documentos Esenciales para el Vendedor
Cuando eres el propietario que vende el coche, tienes la responsabilidad de proporcionar al comprador y a la Dirección General de Tráfico (DGT) cierta documentación que acredita tu titularidad y el estado legal del vehículo. Sin estos papeles, la operación simplemente no puede completarse de forma legítima.
Documento de Identidad del Vendedor
Es imprescindible acreditar tu identidad. Necesitarás tu Documento Nacional de Identidad (DNI) si eres ciudadano español, o tu Número de Identificación de Extranjero (NIE) junto con tu pasaporte si eres residente extranjero. Es importante que esté en vigor y que los datos coincidan con los que figuran en la documentación del vehículo.
Permiso de Circulación
Este documento es como el DNI del coche. Contiene información clave como la matrícula, la marca, el modelo, el número de bastidor, la fecha de primera matriculación y los datos del titular actual. Debes entregárselo al comprador para que pueda realizar el cambio de titularidad a su nombre ante la DGT.
Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos (ITV)
También conocida como Ficha Técnica, este documento detalla las características técnicas del vehículo (potencia, cilindrada, dimensiones, etc.) y, lo más importante, recoge el historial de las inspecciones técnicas periódicas (ITV). Es crucial que la ITV esté en vigor y sea favorable en el momento de la venta. Si la ITV está caducada o es desfavorable, el vendedor debería pasarla antes de la venta o, si se acuerda venderlo así, el comprador deberá hacerse cargo de pasarla antes de poder circular legalmente y completar la transferencia.
Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)
Comúnmente llamado "Impuesto de Circulación" o "sello del coche". El vendedor debe demostrar que tiene pagado el IVTM del año anterior a la venta. El recibo del pago del año en curso suele ser responsabilidad de quien sea propietario del vehículo a 1 de enero. Aun así, es buena práctica tener el justificante del último pago a mano.
Contrato de Compraventa
Este es, quizás, el documento más importante entre las partes. El contrato de compraventa es un acuerdo privado que formaliza la transacción. Debe incluir, como mínimo:
- Identificación completa del vendedor y comprador (nombre, apellidos, DNI/NIE, dirección).
- Datos detallados del vehículo (marca, modelo, matrícula, número de bastidor, kilómetros).
- Precio acordado de la venta.
- Fecha y hora de la firma del contrato. Este dato es vital porque a partir de ese momento la responsabilidad sobre el vehículo (multas, accidentes, etc.) pasa al comprador, aunque la transferencia en la DGT aún no se haya realizado.
- Forma de pago.
- Cláusulas adicionales (estado del vehículo, posibles vicios ocultos, reparto de gastos de transferencia, etc.).
Se recomienda firmar el contrato por triplicado: una copia para el vendedor, una para el comprador y otra para presentar en la DGT o en la oficina liquidadora de impuestos.
Notificación de Venta
Aunque no es un documento que se le entregue directamente al comprador, es un trámite esencial que el vendedor debe realizar. Una vez firmado el contrato, el vendedor tiene un plazo de 10 días para notificar la venta a la DGT. Esto le exime de responsabilidades futuras relacionadas con el vehículo (multas, impuestos) si el comprador no realiza el cambio de titularidad en el plazo establecido (30 días). Se obtiene un justificante de esta notificación.
Documentos Esenciales para el Comprador
El comprador también tiene que aportar documentación y realizar trámites para poner el vehículo a su nombre y poder circular legalmente.
Documento de Identidad del Comprador
Al igual que el vendedor, el comprador debe presentar su DNI o NIE y pasaporte en vigor para acreditar su identidad.
Contrato de Compraventa
El comprador debe conservar una copia original del contrato firmado por ambas partes. Este documento le servirá como prueba de la compra y para realizar los trámites de cambio de titularidad y pago de impuestos.
Justificante del Pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) o IVA
Este es uno de los pasos cruciales antes de acudir a la DGT. Si la compraventa es entre particulares, el comprador debe liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en la comunidad autónoma donde resida. La cantidad a pagar varía según la comunidad, la antigüedad del vehículo y su valor fiscal. Se obtiene un justificante (modelo 620 o 621, según la comunidad autónoma) que debe presentarse en la DGT. Si el vendedor es un profesional (compraventa de vehículos), la operación estará sujeta a IVA, que normalmente ya está incluido en el precio y el vendedor profesional emitirá una factura con el IVA desglosado.
Solicitud de Cambio de Titularidad del Vehículo
Este es el formulario oficial de la DGT para solicitar la transferencia del vehículo. Debe ser cumplimentado con los datos del vendedor, del comprador y del vehículo, y firmado por ambos. Se puede obtener en las Jefaturas de Tráfico o descargar de la página web de la DGT.
El Proceso de Transferencia y Documentos Adicionales
Una vez que el contrato está firmado y el comprador tiene todos los documentos del vendedor, el proceso de transferencia en la DGT se inicia.
Informe de Vehículo de la DGT
Aunque no es estrictamente obligatorio para la transferencia, es altamente recomendable que el comprador solicite un Informe de Vehículo a la DGT antes de firmar el contrato y pagar. Este informe proporciona información vital sobre el coche: si tiene cargas o precintos que impidan la transferencia, si tiene la ITV en vigor, si tiene multas pendientes, su historial de titulares, etc. Solicitar este informe puede evitar muchos problemas futuros.
Pago de Tasas de la DGT
Para realizar el cambio de titularidad, se debe abonar la tasa correspondiente a la DGT. El importe varía y se puede pagar online, en bancos colaboradores o en la propia Jefatura de Tráfico al presentar la solicitud.
Documentación para la DGT
Para completar la transferencia en la DGT (de forma presencial, online o a través de un gestor), el comprador (o quien realice el trámite) deberá presentar:
- Solicitud de cambio de titularidad firmada por comprador y vendedor.
- Original y copia de los DNI/NIE de ambos.
- Permiso de Circulación original.
- Ficha Técnica (Tarjeta ITV) original.
- Justificante del pago del ITP (modelo 620/621) o factura de venta si el vendedor es profesional.
- Justificante del pago de la tasa de la DGT.
- Justificante del pago del IVTM del año anterior (recomendable).
Una vez completado el trámite y verificado que todo está correcto, la DGT emitirá un nuevo Permiso de Circulación a nombre del comprador. Mientras se tramita el definitivo, se suele entregar un permiso de circulación provisional.
Tabla Resumen de Documentos y Responsabilidades
| Documento/Trámite | Vendedor | Comprador | Presentar en DGT | Notas Importantes |
|---|---|---|---|---|
| DNI/NIE | Sí | Sí | Sí (Original y copia) | Acreditar identidad |
| Permiso de Circulación | Entregar | Recibir y presentar | Sí (Original) | Documento del vehículo |
| Ficha Técnica (ITV) | Entregar | Recibir y presentar | Sí (Original) | Historial técnico e ITV |
| IVTM pagado (año anterior) | Tener justificante | Solicitar justificante | Recomendable | Impuesto de circulación |
| Contrato de Compraventa | Firmar y copia | Firmar y copia | Sí (Copia) | Acuerdo entre partes |
| Pago ITP (Mod 620/621) o IVA (Factura) | No (Salvo pacto) | Sí | Sí (Justificante/Factura) | Impuesto por la transmisión |
| Solicitud Cambio Titularidad | Firmar | Firmar y presentar | Sí (Original) | Formulario DGT |
| Tasa DGT | No (Salvo pacto) | Sí | Sí (Justificante) | Tasa por la transferencia |
| Notificación de Venta | Realizar trámite | No | No (Trámite propio vendedor) | Exime de responsabilidades |
| Informe de Vehículo DGT | No | Altamente recomendable solicitar | No (Trámite previo) | Verificar estado del vehículo |
Preguntas Frecuentes sobre la Documentación
¿Qué pasa si el coche tiene multas o cargas pendientes?
Si solicitaste el Informe de Vehículo, lo sabrás de antemano. Las multas pendientes son responsabilidad del titular en el momento de la infracción. Las cargas o precintos (embargos, reserva de dominio) impiden la transferencia del vehículo hasta que no sean canceladas. Es fundamental que el vendedor las liquide antes de la venta o se acuerde quién se hará cargo, lo cual debe reflejarse en el contrato. La DGT no permitirá el cambio de titularidad si hay cargas que lo impidan.
¿Quién paga el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y la tasa de la DGT?
Por ley, el comprador es quien debe liquidar el ITP y abonar la tasa de la DGT para el cambio de titularidad. No obstante, las partes pueden pactar otra cosa en el contrato de compraventa, aunque lo habitual es que corran a cargo del comprador.
¿Cuánto tiempo tengo para realizar el cambio de titularidad en la DGT?
El comprador tiene un plazo de 30 días desde la fecha del contrato para realizar el cambio de titularidad. El vendedor, por su parte, tiene 10 días para notificar la venta.
¿Puedo circular con el coche inmediatamente después de comprarlo y firmar el contrato?
Desde el momento en que firmas el contrato y recibes las llaves y la documentación del vendedor, el vehículo ya es tuyo. Sin embargo, para circular legalmente, necesitas tener el Permiso de Circulación a tu nombre y, fundamentalmente, tener un seguro en vigor. Mientras tramitas la transferencia definitiva, puedes circular con el contrato de compraventa, tu DNI, la Ficha Técnica y el Permiso de Circulación antiguo, pero es vital iniciar el trámite de transferencia cuanto antes y tener el seguro contratado.
¿Es necesario ir a la DGT con el vendedor?
No es estrictamente necesario que ambas partes acudan juntas a la DGT. Normalmente, el comprador es quien gestiona la transferencia, presentando su documentación, la del vendedor (copia del DNI/NIE), la del vehículo y el contrato firmado, junto con los justificantes de pago de impuestos y tasas. El vendedor solo necesita firmar la solicitud de cambio de titularidad y el contrato.
¿Qué son los vicios ocultos?
Son defectos graves que el vehículo pudiera tener antes de la venta, que no eran conocidos por el comprador y que, de haberlos conocido, habrían motivado la no compra o una rebaja significativa del precio. La ley protege al comprador frente a los vicios ocultos, dando un plazo (generalmente 6 meses) para reclamar al vendedor. Es importante documentar el estado del vehículo en el contrato.
En definitiva, la compraventa de un coche de segunda mano implica una serie de pasos documentales y administrativos que no deben tomarse a la ligera. Una correcta gestión de los papeles garantiza una transacción transparente y protege a ambas partes de futuras complicaciones. Asegúrate siempre de obtener y conservar copias de todos los documentos firmados y de realizar los trámites en los plazos establecidos.
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