27/01/2021
El Régimen de Regularización de Activos establecido por la Ley 27743 representa una oportunidad para sincerar la situación fiscal de aquellos contribuyentes con bienes no declarados previamente. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha habilitado un portal específico para llevar a cabo este proceso de manera digital y organizada. Realizar la Declaración Jurada de Regularización requiere seguir una serie de pasos precisos y contar con la documentación necesaria para respaldar la información cargada. Este artículo busca ser una guía detallada para transitar este camino, explicando cada etapa del proceso dentro del sistema de la AFIP y brindando claridad sobre los tipos de activos a declarar.

La correcta presentación de esta declaración es fundamental para adherirse al régimen y gozar de sus beneficios, evitando futuros inconvenientes con el organismo fiscal. Es un procedimiento que, si bien puede parecer complejo, está diseñado para ser navegado a través de pasos lógicos dentro del portal. A continuación, desglosaremos el proceso para que puedas comprender cómo declarar tus bienes blanqueados de manera eficiente.

Acceso al Portal AFIP y Primeros Pasos
El inicio del proceso de declaración se realiza a través del sitio web de la AFIP, accediendo al servicio denominado “Portal Régimen de Regularización de Activos Ley 27743”. Una vez dentro del servicio, la primera acción requerida es hacer clic en la opción “INGRESAR”, que generalmente se encuentra identificada como la ETAPA 1 del proceso global.
Tras ingresar, el sistema te dirigirá a una pantalla donde deberás seleccionar la operación que deseas realizar. En este caso, la opción pertinente es “Declaración jurada de regularización”. Una vez seleccionada, deberás proceder a iniciar una nueva declaración haciendo clic en “Nueva Declaración Jurada”. Es importante prestar atención a este paso para no retomar un borrador anterior si lo que se busca es comenzar desde cero.
Un punto crucial al inicio es la validación de tu situación personal o la de la entidad a la que representas. El sistema te solicitará que declares si te encuentras alcanzado por alguna de las condiciones de exclusión establecidas en los artículos 39, 40 y 41 de la Ley 27743. Estos artículos suelen referirse a funcionarios públicos, familiares de funcionarios públicos u otros sujetos que, por su naturaleza o historial, no pueden acceder a este régimen de regularización. Responder a esta pregunta es mandatorio para poder avanzar. Una vez que hayas respondido, haz clic en “Continuar” para acceder a las secciones principales de la declaración.
Documentación Obligatoria y Consideraciones Previas
Antes de comenzar a cargar los bienes, es vital tener presente la necesidad de contar con la documentación respaldatoria. La Resolución General AFIP 5228/2024 establece cuáles son los documentos específicos que deberás adjuntar para cada tipo de activo declarado. No contar con esta documentación al momento de la presentación puede generar observaciones o rechazos de la declaración. Es aconsejable recopilar y organizar todos los papeles relevantes antes de iniciar la carga en el sistema.
La información proporcionada por la AFIP menciona la disponibilidad de un cuadro resumen con todo lo necesario en cuanto a documentación. Consultar este recurso es fundamental para asegurar que se cumple con todos los requisitos formales exigidos por la normativa.
Además de la documentación, es indispensable haber evaluado previamente si cumples con los requisitos para acceder al régimen, especialmente en lo relativo a las exclusiones mencionadas en los artículos 39, 40 y 41 de la Ley 27743. Si bien el sistema lo consulta, es responsabilidad del contribuyente asegurarse de no estar incurriendo en una declaración falsa respecto a su elegibilidad.
Una vez dentro del portal y superada la validación inicial, el sistema te presentará un menú con las principales acciones disponibles. Desde aquí podrás:
- Registrar los bienes a regularizar: Esta es la sección central donde se detallan los activos.
- Descargar los Papeles de Trabajo: Permite obtener un resumen o borrador de la carga realizada hasta el momento.
- Obtener una Vista Previa de la carga: Útil para revisar la información antes de la presentación final.
- Presentar la Declaración Jurada: El paso final para formalizar la adhesión al régimen.
- Visualizar la Determinación del impuesto especial: Una vez registrados los bienes, el sistema calculará el monto del impuesto a pagar.
Registro Detallado de los Bienes a Regularizar
La carga de los bienes es el corazón de la declaración. El sistema de la AFIP organiza los activos en cuatro grandes rubros para facilitar su registración:
- Depósitos en dinero
- Inversiones
- Créditos
- Bienes registrables y otros bienes
Analicemos cada uno de estos rubros en detalle:
1. Depósitos en Dinero
Este rubro está destinado a declarar fondos líquidos depositados en diferentes tipos de cuentas. Aquí podrás informar:
- Depósitos realizados en la Cuenta Especial de Regularización de Activos (CERA).
- Depósitos en la Cuenta Comitente Especial de Regularización de Activos.
- Fondos depositados en cuentas bancarias del exterior.
Para los depósitos realizados en cuentas CERA o Comitente Especial, el sistema tiene la capacidad de mostrar automáticamente los datos informados por las entidades financieras o los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyC), tomando como referencia el monto depositado en la cuenta CERA. Esto agiliza la carga, pero es fundamental verificar que la información precargada sea correcta. Existe una advertencia importante: en ocasiones, la información puede no ser visualizada correctamente debido a problemas técnicos con las entidades financieras. En estos casos, o si necesitas declarar un depósito que no aparece precargado (como una cuenta del exterior), podrás agregar manualmente un nuevo depósito haciendo clic en la opción “NUEVO”.
Al cargar manualmente un depósito, deberás especificar detalles como la entidad, el número de cuenta, la moneda y el monto. Una vez completada la carga, podrás visualizar un listado de los depósitos informados. El sistema permite modificar o eliminar registros si detectas algún error, utilizando los iconos correspondientes (generalmente un lápiz para modificar y un cesto de basura para eliminar).
2. Inversiones
Este rubro abarca diferentes tipos de activos financieros y participaciones. Al ingresar, podrás visualizar y registrar tres categorías principales:
- Participaciones en Sociedades: Acciones, cuotas sociales u otras formas de participación en el capital de empresas.
- Títulos Valores: Bonos, letras, obligaciones negociables, fondos comunes de inversión, entre otros instrumentos financieros.
- Monedas Digitales: Criptomonedas y otros activos digitales.
La carga de información en cada una de estas subcategorías implica detallar el tipo específico de inversión, la cantidad, la moneda, la valuación al momento de corte del blanqueo, y posiblemente datos de identificación de la sociedad, emisor del título o tipo de moneda digital. El sistema te guiará a través de pantallas específicas para cada tipo de inversión, solicitando los datos relevantes para su correcta identificación y valuación a efectos fiscales. Es crucial tener a mano los datos precisos de cada inversión.
3. Créditos
Este rubro está destinado a declarar derechos que tienes a tu favor. Dentro de esta categoría podrás informar:
- Créditos y debentures: Derechos a cobrar sumas de dinero, préstamos otorgados, etc.
- Derechos de propiedad científica, literaria o artística, marcas, patentes y sus licencias: Activos intangibles derivados de la creación intelectual o industrial.
- Derechos reales: Derechos sobre bienes ajenos, como hipotecas, usufructos, etc.
La carga de información en cada uno de estos subrubros requiere detallar la naturaleza del crédito o derecho, la identidad del deudor o titular del bien sobre el que recae el derecho, la moneda y el monto o valuación del mismo. Al igual que en otros rubros, el sistema presenta pantallas específicas para cada tipo de crédito o derecho, adaptando los campos a completar según la naturaleza del activo.
4. Bienes Registrables y Otros Bienes
Este es un rubro amplio que incluye tanto activos que requieren inscripción en registros públicos como otros bienes muebles de valor. Aquí puedes declarar:
- Bienes inmuebles: Casas, departamentos, terrenos, locales, etc., tanto en Argentina como en el exterior.
- Otros bienes muebles: Vehículos, aeronaves, embarcaciones, joyas, obras de arte, etc.
- Otros bienes: Cualquier otro activo no incluido específicamente en los rubros anteriores que poseas y desees regularizar.
La carga de Bienes Inmuebles, por ejemplo, implica detallar su ubicación, superficie, datos de registración y, fundamentalmente, su valuación. Al cargar la valuación del inmueble, deberás seleccionar el tipo de moneda en la que está valuado. El sistema se encargará de determinar la base del impuesto de acuerdo a lo reglamentado por el Decreto 608/2024, aplicando los criterios de valuación establecidos para este régimen. Para Otros Bienes Muebles y Otros Bienes, deberás describir el activo, indicar su valuación y moneda, y proveer cualquier dato que permita su identificación (marca, modelo, número de serie, etc., según corresponda).
Una vez que hayas completado la carga de todos los bienes a regularizar en los rubros correspondientes, es fundamental revisar la información ingresada. Puedes utilizar la opción “Vista Previa” para ver un resumen de todo lo cargado. Si todo es correcto, deberás hacer clic en “FINALIZAR REGISTRACIÓN”. Este paso cierra la etapa de carga de activos y te permite avanzar a la determinación del impuesto especial.
Determinación del Impuesto Especial y Presentación
Una vez finalizada la registración de los bienes, el sistema te dirigirá a la sección de Determinación del impuesto especial. En esta pantalla, deberás proporcionar información adicional que puede influir en el cálculo del impuesto. Un dato relevante a indicar es si tienes familiares a cargo, tal como lo establece el artículo 28 de la Ley 27743, ya que esto podría generar alguna diferencia en la base imponible o alícuota aplicable según la normativa vigente. También deberás especificar si la regularización se realiza en dólares o en pesos, lo cual es crucial para la correcta aplicación del tipo de cambio y las alícuotas correspondientes.
Es posible que, dependiendo del monto regularizado, especialmente si se trata de regularización en dólares por un monto inferior a ciertos umbrales establecidos por la normativa, el sistema muestre pantallas informativas o solicite confirmaciones adicionales. Presta atención a estos mensajes.

El sistema de la AFIP permite guardar el borrador de tu declaración jurada si decides no finalizar la carga o presentación en una única sesión. Puedes retomar la carga en otro momento desde la ventana principal del servicio. También tienes la opción de eliminar un borrador si decides descartar esa declaración.
Una vez que hayas revisado la determinación del impuesto especial y verificado que toda la información cargada es correcta y completa, podrás proceder a presentar la declaración jurada. Haz clic en “PRESENTAR” para formalizar el trámite. El sistema te pedirá una confirmación final antes de enviar la declaración. Es el último momento para revisar.
Una vez efectuada la presentación, el sistema generará un acuse de recibo. En los próximos días, recibirás una notificación oficial sobre el estado de tu declaración a través del Domicilio Fiscal Electrónico (DFE). Es fundamental estar atento a estas comunicaciones, ya que pueden indicar si la declaración fue aceptada o si requiere alguna corrección o presentación adicional de documentación.
| Etapa | Acción Principal | Notas Importantes |
|---|---|---|
| 1. Acceso y Inicio | Ingresar al servicio 'Portal Régimen de Regularización de Activos Ley 27743' y seleccionar 'Nueva Declaración Jurada'. | Confirmar elegibilidad (Arts. 39, 40, 41 Ley 27743). |
| 2. Carga de Bienes | Registrar detalladamente los activos en los 4 rubros: Depósitos, Inversiones, Créditos, Bienes Registrables/Otros. | Tener a mano la documentación respaldatoria (RG 5228/2024). Verificar datos precargados y añadir manualmente si es necesario. Usar opciones de modificar/eliminar. |
| 3. Finalización y Revisión | Hacer clic en 'FINALIZAR REGISTRACIÓN' y utilizar 'Vista Previa'. | Asegurarse de que todos los bienes a regularizar estén incluidos y bien valuados. |
| 4. Determinación del Impuesto | Revisar el cálculo automático del impuesto especial. | Indicar familiares a cargo y moneda de regularización. Prestar atención a mensajes del sistema. |
| 5. Presentación | Hacer clic en 'PRESENTAR' y confirmar el envío. | Verificar por última vez toda la información antes de confirmar. Guardar borrador si no se presenta de inmediato. |
| 6. Post-Presentación | Esperar notificación en el Domicilio Fiscal Electrónico. | La notificación indicará el estado de la declaración. Se habilitará la DJ del REIBP. |
Después de la Presentación: El REIBP
Una vez que la declaración jurada del blanqueo haya sido presentada correctamente y procesada por la AFIP, se habilitará una nueva instancia: la declaración jurada del Régimen de Información de Bienes Personales (REIBP) por los bienes que han sido regularizados. Esto significa que los activos que antes no figuraban en tus declaraciones fiscales ahora deberán ser incluidos en tu patrimonio a partir del período fiscal correspondiente, y deberás cumplir con las obligaciones informativas y/o tributarias que ello implique en Bienes Personales u otros impuestos.
La AFIP proporciona las herramientas dentro de su portal para realizar esta declaración posterior, asegurando la consistencia entre los bienes sincerados y tu patrimonio declarado anualmente. Es un paso lógico y necesario para completar el proceso de regularización fiscal.
Preguntas Frecuentes sobre la Declaración de Bienes Blanqueados
Para mayor claridad, respondemos algunas preguntas comunes sobre este proceso:
¿Quiénes están excluidos del blanqueo según la Ley 27743?
La ley establece exclusiones en sus artículos 39, 40 y 41. Generalmente, se refiere a funcionarios públicos, sus familiares directos, y otros sujetos con antecedentes específicos que la normativa considera no aptos para adherirse al régimen. El sistema de la AFIP te consultará sobre estas condiciones al inicio de la declaración.
¿Qué documentación específica necesito para cada tipo de bien?
La Resolución General AFIP 5228/2024 detalla la documentación requerida. Para depósitos, pueden ser resúmenes de cuenta; para inmuebles, escrituras y valuaciones; para acciones, certificados de tenencia; para criptomonedas, reportes de exchanges o registros de billeteras, etc. Es indispensable consultar la RG para el listado completo y actualizado.
¿Puedo modificar o eliminar un bien cargado si me equivoqué?
Sí, mientras no hayas finalizado la registración de bienes, el sistema permite modificar o eliminar los registros individuales de los activos cargados utilizando los iconos correspondientes (lápiz para modificar, cesto de basura para eliminar).
¿Qué es la cuenta CERA?
La Cuenta Especial de Regularización de Activos (CERA) es un tipo de cuenta bancaria habilitada específicamente para recibir los fondos a regularizar en el marco del blanqueo, permitiendo que las entidades financieras informen directamente a la AFIP los montos depositados.
¿Qué sucede si la información precargada por la AFIP sobre mi CERA es incorrecta o no aparece?
Si bien el sistema intenta precargar datos, pueden existir problemas técnicos. Si la información es incorrecta o falta, deberás cargar el depósito manualmente en el rubro correspondiente, asegurándote de tener la documentación que lo respalde.
¿La declaración jurada del blanqueo reemplaza la declaración de Bienes Personales?
No, la declaración del blanqueo es un proceso separado para regularizar activos no declarados previamente. Una vez sincerados, estos bienes deberán ser incluidos en tus futuras declaraciones de Bienes Personales a partir del período fiscal correspondiente, a través de la declaración del REIBP.
¿Qué hago si tengo problemas técnicos al usar el portal de la AFIP?
Ante problemas técnicos, se recomienda contactar a los canales de soporte técnico de la AFIP. Es importante iniciar el proceso con tiempo suficiente para resolver cualquier inconveniente que pueda surgir.
Consideraciones Finales
Realizar la Declaración Jurada de Regularización de Activos es un paso clave para adherirse al régimen de blanqueo. Implica navegar por el portal de la AFIP, identificar y detallar cada uno de los bienes a sincerar, contar con la documentación exigida por la Resolución General AFIP 5228/2024, y completar correctamente la determinación del impuesto especial. La guía proporcionada por la AFIP, junto con la comprensión de cada rubro de carga (Depósitos, Inversiones, Créditos, Bienes Registrables y Otros), facilitará enormemente el proceso.
Recordar verificar la elegibilidad según la Ley 27743 y prestar suma atención a la carga de valores y monedas es fundamental. Una vez presentada la declaración, el seguimiento a través del Domicilio Fiscal Electrónico es crucial para confirmar su estado y proceder, si corresponde, a la declaración del REIBP.
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