25/08/2021
La Verificación Técnica Vehicular (VTV) es un requisito fundamental para garantizar la seguridad vial en Argentina. Su objetivo principal es asegurar que los vehículos que circulan por calles y rutas se encuentren en condiciones óptimas, reduciendo así el riesgo de accidentes provocados por fallas mecánicas. Aunque es un trámite obligatorio para la gran mayoría, existen ciertas excepciones y particularidades que es crucial conocer, especialmente en jurisdicciones clave como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) y la Provincia de Buenos Aires (PBA). La normativa establece cuándo un vehículo debe someterse a esta revisión periódica. Sin embargo, la obligación no es uniforme para todos los rodados ni para todos los conductores. Factores como la antigüedad del vehículo, su kilometraje y ciertas condiciones personales del titular pueden determinar si la VTV es necesaria o si, al menos, se está exento de su pago.

Obligatoriedad de la VTV: ¿Quién debe hacerla?
La necesidad de realizar la VTV varía ligeramente entre CABA y la Provincia de Buenos Aires, principalmente en lo que respecta a la antigüedad del vehículo:
- En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA): La VTV es obligatoria para vehículos con más de tres años de antigüedad desde su patentamiento o que superen los 60.000 kilómetros recorridos. Para los vehículos 0 km, la primera VTV tiene una vigencia de tres años. Si al cabo de esos tres años el vehículo no ha superado los 80.000 km, la siguiente VTV también tendrá una duración de tres años.
- En la Provincia de Buenos Aires (PBA): La exigencia es un poco más estricta en cuanto a la antigüedad. Los vehículos deben realizar la VTV a partir de los dos años desde su patentamiento. Esto significa que un vehículo 0 km deberá pasar por la verificación a partir de los 24 meses de su inscripción inicial.
Es fundamental tener en cuenta estos plazos para evitar circular con la VTV vencida, lo cual acarrea sanciones significativas.
Exenciones de PAGO: ¿Quiénes no abonan el trámite?
Si bien la VTV es obligatoria para la circulación de la mayoría de los vehículos en CABA y PBA, ciertos grupos de conductores o tipos de vehículos están exentos del pago de la tarifa correspondiente. Es importante destacar que, en la mayoría de los casos, esto implica la exención del costo, pero no necesariamente del trámite de verificación en sí mismo, el cual puede seguir siendo necesario para garantizar la seguridad y obtener la documentación habilitante.
En CABA, están exentos del pago:
- Jubilados, pensionados y mayores de 65 años cuyos ingresos no superen el haber mínimo y que posean un único vehículo que no tribute el impuesto a la radicación (patente).
- Personas con discapacidad que sean titulares de vehículos, con o sin adaptaciones. Si la persona posee más de un vehículo, la exención solo aplica a uno de ellos.
En la Provincia de Buenos Aires, están exentos del pago:
- Vehículos destinados a servicios municipales: Los autos y camionetas utilizados por los municipios para brindar servicios públicos.
- Unidades del cuerpo de bomberos: Los vehículos pertenecientes a los cuerpos de bomberos.
- Autos de personas con discapacidad: Los conductores con discapacidad pueden quedar exentos del pago presentando el Certificado Único de Discapacidad (CUD) vigente. Esta exención es solo para el costo, el vehículo debe cumplir con la revisión técnica. Si el beneficiario no es titular, pero el vehículo está afectado a su servicio, se debe acreditar el parentesco hasta segundo grado (cónyuge, ascendiente, descendiente, colateral en segundo grado, tutor, curador o pareja conviviente por más de dos años). Se debe presentar el CUD vigente y el certificado de exención de patente provisto por RENTAS de la Provincia de Buenos Aires.
- Jubilados, pensionados y personas mayores de 65 años: Los titulares de vehículos que cumplan estos requisitos y perciban hasta dos haberes mínimos jubilatorios también pueden acceder a la exención del pago.
Es fundamental diferenciar la exención del pago de la exención de la verificación. En muchos casos, aunque no se pague, el vehículo debe someterse al control para certificar su estado.

Cómo solicitar la exención del pago
Para acceder a la exención del pago, generalmente se debe realizar un trámite específico. En CABA, según la información proporcionada, se debe enviar la documentación requerida por correo electrónico a [email protected]. La documentación incluye:
- Cédula verde del vehículo (ambas caras).
- Título de propiedad del vehículo.
- DNI del titular (ambas caras).
- Certificado Único de Discapacidad (CUD) si aplica.
- Comprobante de haberes, si la solicitud es por condición de jubilado/pensionado.
Para la Provincia de Buenos Aires, si bien se menciona la exención para ciertos grupos, la información específica sobre el trámite digital no está detallada en el texto proporcionado, aunque se infiere la necesidad de presentar documentación acreditativa como el CUD y el certificado de exención de patente de RENTAS PBA para personas con discapacidad.
¿Qué se verifica en la VTV?
La revisión de la VTV es un proceso exhaustivo que evalúa diversos componentes del vehículo para asegurar que cumplen con los estándares de seguridad y ambientales. Los puntos clave que se inspeccionan incluyen:
- Identificación del vehículo: Verificación de números de motor y chasis.
- Carrocería, Subcarrocería y Suspensión: Integridad estructural y estado de los sistemas de suspensión.
- Tren Delantero: Estado y funcionamiento de la dirección y componentes asociados.
- Frenos: Eficacia del freno de servicio y del freno de mano.
- Neumáticos: Estado del dibujo, desgaste y condición de las llantas.
- Sistemas Eléctrico y de Iluminación: Funcionamiento de luces bajas, altas, de posición, giro, marcha atrás, freno, y el estado del sistema eléctrico en general.
- Gases de Escape y Nivel de Ruido: Medición de emisiones contaminantes y nivel sonoro.
- Accesorios de Seguridad: Estado y presencia de bocina, cinturones de seguridad, apoyacabezas, matafuegos y balizas.
- Otros equipamientos reglamentarios: Limpiaparabrisas, lava parabrisas, paragolpes, parabrisas (sin polarizado en el mismo), chasis, etc.
Para la inspección, el vehículo debe estar limpio, especialmente donde se encuentran los números de identificación. Los vehículos de carga deben presentarse descargados.
Resultados de la VTV: Apto, Condicional, o Rechazado
Una vez finalizada la inspección, el vehículo recibirá uno de tres posibles resultados:
- Apto: El vehículo no presenta defectos graves ni leves, o solo observaciones menores. En este caso, se entrega la oblea que se adhiere al parabrisas, el certificado de verificación y un informe técnico. El vehículo está habilitado para circular hasta el próximo vencimiento.
- Condicional: Se detectaron uno o más defectos leves (DL). Estos se detallan en el informe. El propietario tiene un plazo de 60 días corridos para solucionar estos problemas y regresar a la misma planta para una reinspección sin cargo. El vehículo puede circular, pero con la advertencia de corregir los defectos.
- Rechazado: Se detectaron uno o más defectos graves (DG). Estos se detallan en el informe. El vehículo no está en condiciones de circular y debe solucionar los problemas. Al igual que con el resultado condicional, se tiene un plazo de 60 días corridos para realizar la reinspección en la misma planta sin costo adicional. Si se excede este plazo, se deberá abonar la tarifa completa nuevamente.
La oblea y el informe de inspección son documentos que deben llevarse siempre en el vehículo al circular, además de la documentación habitual (cédula verde, seguro, etc.).
Consecuencias de no tener la VTV al día
Circular sin la VTV vigente es una infracción grave y está sujeta a importantes sanciones. En CABA, por ejemplo, las multas por no tener la VTV al día pueden variar entre $15.000 y $30.000 (valores de referencia que pueden ajustarse). Además de la multa económica, se puede retener la licencia de conducir por 30 días, entregando un permiso provisorio. En caso de reincidencia, el valor de la multa puede duplicarse. Es crucial mantener la VTV actualizada para evitar estos inconvenientes.

Vencimientos en Provincia de Buenos Aires: El calendario por patente
Desde noviembre de 2022, la Provincia de Buenos Aires implementó un sistema de vencimiento de la VTV basado en el último dígito numérico del dominio (patente) del vehículo. Este calendario busca distribuir la afluencia de vehículos a lo largo del año y evitar aglomeraciones en ciertas épocas. Los vencimientos son los siguientes:
| Último dígito del dominio | Mes de vencimiento |
|---|---|
| 0 | Octubre |
| 1 | Noviembre |
| 2 | Febrero |
| 3 | Marzo |
| 4 | Abril |
| 5 | Mayo |
| 6 | Junio |
| 7 | Julio |
| 8 | Agosto |
| 9 | Septiembre |
| - | Enero y Diciembre: No hay vencimientos (meses libres para quienes no pudieron verificar en su mes) |
Este sistema permite al usuario planificar la verificación con antelación. Se puede realizar la VTV hasta 30 días antes de la fecha de vencimiento; en ese caso, la fecha del próximo vencimiento se mantiene respetando el calendario original.
Preguntas Frecuentes sobre la VTV
- ¿Debo hacer la VTV si el auto no está en uso? No. La obligatoriedad de la VTV es para los vehículos que circulan en la vía pública.
- ¿Puede mi vehículo sufrir daños durante la inspección? Los procedimientos están diseñados para no dañar el vehículo.
- ¿Puedo verificar en una planta de otra provincia? Sí. La VTV es válida a nivel nacional. Si está radicado en otra zona, deberá solicitar un cambio de zona en la planta. Si el vehículo es condicional o rechazado, la reinspección debe ser en la misma zona.
- ¿Qué pasa si me rechazan o condicionan? ¿Tengo que volver a pagar? No. Tiene 60 días corridos para solucionar los defectos y reinspeccionar sin cargo en la misma planta. Pasado ese plazo, deberá abonar nuevamente.
- ¿Puede verificar una persona que no sea el titular? Sí, cualquier persona puede realizar el trámite presentando la documentación requerida del vehículo y su documento personal.
- ¿Están prohibidos los vidrios polarizados? La ley los prohíbe, pero no son motivo de rechazo en la VTV (excepto en el parabrisas). Se registra como observación. Aun con VTV aprobada, puede ser multado en la calle por vidrios polarizados. Los vidrios espejados sí son motivo de rechazo.
- ¿Los camiones y camionetas deben verificar? Sí, todos los vehículos radicados en PBA deben cumplir la VTV. Los de uso comercial interjurisdiccional deben además realizar la Verificación Técnica RTO.
- ¿El turno para la VTV me habilita a circular con la VTV vencida? No. La solicitud o constancia de turno no reemplaza a la VTV vigente.
- ¿Los discapacitados pagan la VTV? No, si el vehículo pertenece a un discapacitado motriz o está afectado a su servicio (cumpliendo las condiciones mencionadas para PBA, incluyendo CUD y exención de patente de RENTAS, y parentesco si no es titular). El beneficio es para un solo vehículo de uso particular por un año.
- ¿La VTV de una provincia es válida en todo el país? Sí, la VTV es válida para circular en todo el territorio nacional.
Conocer las excepciones y los requisitos de la VTV es fundamental para cumplir con la normativa, contribuir a la seguridad vial y evitar multas innecesarias. Si su vehículo o su condición como conductor se ajusta a alguna de las exenciones de pago, asegúrese de realizar el trámite correspondiente para acceder al beneficio, pero no descuide la revisión técnica si su vehículo ya cumple con la antigüedad o kilometraje requeridos para la verificación obligatoria.
Tabla Comparativa: VTV en CABA vs. Provincia de Buenos Aires
| Aspecto | CABA | Provincia de Buenos Aires |
|---|---|---|
| Obligatoriedad General | > 3 años o > 60.000 km | > 2 años |
| Vehículos 0 km | 1ra VTV a los 3 años. Vigencia 3 años si < 80.000 km. | 1ra VTV a partir de los 24 meses. |
| Exentos de Pago (Grupos) | Jubilados/pensionados/65+ bajo ingreso y sin patente, Personas con discapacidad (1 vehículo). | Servicios municipales, Bomberos, Personas con discapacidad (pago no, trámite sí), Jubilados/pensionados/65+ hasta 2 haberes mínimos (pago no, trámite sí). |
| Proceso Exención Pago | Enviar documentación por email (especificado). | Requiere documentación (ej: CUD, exención RENTAS), trámite no detallado en el texto. |
| Costo (aprox.) | $52.878 | $53.819 |
| Vencimiento Anual | No especificado en el texto (generalmente por mes según último dígito, pero el texto solo detalla PBA). | Según último dígito de patente (ver calendario). |
| Multa por No Tener (CABA) | $15.000 - $30.000, retención licencia. | Mencionado como grave, pero monto específico no detallado para PBA en el texto. |
Es importante recordar que esta información se basa en los datos proporcionados y las normativas pueden actualizarse. Consultar fuentes oficiales siempre es la mejor opción para tener la información más reciente y precisa sobre la VTV.
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