21/07/2020
Asistir a grandes eventos y exposiciones como el Salón Internacional del Automóvil de Nueva York en el reconocido Javits Center es una experiencia emocionante para muchas personas. Garantizar que estos eventos sean accesibles para todos los visitantes es una prioridad fundamental. Dentro de este compromiso con la accesibilidad, se establecen políticas claras respecto a la presencia de Animales de Servicio, asegurando que las personas con discapacidades que requieren la asistencia de estos animales puedan disfrutar del evento sin impedimentos innecesarios. La información que detallamos a continuación resume los puntos clave de la política vigente en el Javits Center en relación con los Animales de Servicio, basándose en los principios de la ley ADA (Americans with Disabilities Act).

- Política de Acceso para Animales de Servicio
- Lo que el Personal del Javits Center NO Puede Solicitar ni Preguntar
- Las Únicas Preguntas Específicas Permitidas
- Base Legal y Principios de la Ley ADA
- Implicaciones para Visitantes con Animales de Servicio
- Tabla Resumen: Interacción con el Personal sobre Animales de Servicio
- Preguntas Frecuentes (FAQ) sobre Animales de Servicio en el Javits Center
- En Resumen
Política de Acceso para Animales de Servicio
Es importante saber que los Animales de Servicio certificados bajo la ley ADA están permitidos dentro de las instalaciones del Javits Center. Esta política está diseñada para facilitar la participación plena e igualitaria de las personas con discapacidades que dependen de la asistencia de un animal de servicio para realizar actividades esenciales.

La designación de un animal como "Animal de Servicio Certificado bajo la ley ADA" implica que el animal ha sido entrenado individualmente para realizar tareas específicas que benefician a una persona con una discapacidad. Es crucial entender que esta designación no se refiere a una certificación formal emitida por el gobierno, sino a la función que el animal desempeña en apoyo a la persona con discapacidad, de acuerdo con las directrices de la Ley ADA.
Lo que el Personal del Javits Center NO Puede Solicitar ni Preguntar
Para proteger la privacidad y los derechos de las personas con discapacidades, existen restricciones claras sobre lo que el personal del Javits Center puede o no hacer o preguntar con respecto a un animal de servicio. Estas restricciones son fundamentales y están directamente alineadas con las normativas de la ley ADA. El personal no está autorizado a:
- Solicitar documentación para el animal: No se le puede pedir que muestre ningún tipo de certificado, tarjeta de identificación, chaleco especial (aunque muchos animales de servicio los usan), ni ninguna otra forma de documentación que acredite que el animal es un animal de servicio. La necesidad de un animal de servicio se basa en la discapacidad del individuo y la tarea que el animal realiza, no en una certificación formal.
- Requerir que el animal demuestre su tarea: El personal no puede pedirle a su animal de servicio que muestre las tareas o funciones para las que ha sido entrenado. Esto sería una invasión de la privacidad y una carga innecesaria para la persona con discapacidad.
- Preguntar sobre la naturaleza de la discapacidad de la persona: El personal no puede indagar sobre el tipo específico de discapacidad que tiene la persona. La existencia de la discapacidad es la base para tener un animal de servicio, pero los detalles médicos son privados.
Estas limitaciones son esenciales para garantizar que las personas con Animales de Servicio no enfrenten barreras innecesarias o preguntas intrusivas al acceder a lugares públicos como el Javits Center. El objetivo es permitir un acceso fluido y respetuoso.
Las Únicas Preguntas Específicas Permitidas
Aunque el personal tiene prohibido hacer ciertas preguntas, existen situaciones en las que no es obvio que un animal sea un animal de servicio. En estos casos, y solo en estos casos, el personal del Javits Center está autorizado a hacer únicamente dos preguntas específicas para confirmar que el animal es un animal de servicio según los criterios de la ley ADA. Estas preguntas están diseñadas para ser lo menos intrusivas posible y se centran en la función del animal, no en la discapacidad del individuo.
Las dos únicas preguntas específicas que el personal puede hacer son:
- ¿Es el perro u otro animal un animal de servicio requerido debido a una discapacidad? Esta pregunta busca confirmar la conexión entre el animal y la necesidad derivada de una discapacidad.
- ¿Ha sido entrenado para realizar una función específica? Esta pregunta verifica si el animal ha sido entrenado individualmente para realizar una tarea o trabajo que beneficie a la persona con discapacidad.
Es fundamental entender que estas son las *únicas* preguntas que el personal puede hacer. Cualquier otra pregunta sobre el animal o la discapacidad va más allá de lo permitido por la ley ADA y las políticas del Javits Center basadas en ella.
Base Legal y Principios de la Ley ADA
La política del Javits Center respecto a los Animales de Servicio se fundamenta en la Ley para Estadounidenses con Discapacidades (ADA), una ley federal de los Estados Unidos que prohíbe la discriminación contra personas con discapacidades. El Departamento de Justicia de EE. UU. (a través de ada.gov) proporciona las directrices que rigen la definición de Animales de Servicio y los derechos de acceso que les corresponden.
Según la ADA, un animal de servicio es un perro (en algunos casos, un caballo miniatura también puede calificar) que ha sido entrenado individualmente para realizar un trabajo o tarea para una persona con una discapacidad. La tarea(s) realizada(s) por el perro debe(n) estar directamente relacionada(s) con la discapacidad de la persona. La ley busca equilibrar el derecho de las personas con discapacidades a la asistencia de sus Animales de Servicio con la necesidad de las entidades públicas y privadas de garantizar la seguridad y el orden en sus instalaciones.
La prohibición de solicitar documentación o exigir demostraciones, así como la limitación a dos preguntas específicas, son mecanismos clave para proteger los derechos de las personas con discapacidades y asegurar que no enfrenten obstáculos injustificados al acceder a lugares como el Javits Center.
Implicaciones para Visitantes con Animales de Servicio
Si planea visitar el Javits Center con su animal de servicio, es útil estar familiarizado con esta política. Conocer sus derechos le permitirá interactuar con el personal de manera informada y confidente. Aunque no se requiere documentación, asegurarse de que su animal esté bien identificado como animal de servicio (por ejemplo, con un arnés o chaleco que lo indique, aunque esto no sea obligatorio por ley) puede a veces ayudar a evitar que el personal necesite hacerle las dos preguntas específicas permitidas, si la función del animal es de algún modo aparente.
Es esencial que su animal de servicio esté bajo su control en todo momento, generalmente mediante una correa, arnés u otro dispositivo de sujeción, a menos que esto interfiera con la tarea del animal o con la discapacidad del individuo. En tales casos, el individuo debe mantener el control del animal a través de la voz, señales u otros medios efectivos.
Tabla Resumen: Interacción con el Personal sobre Animales de Servicio
| Lo que el Personal PUEDE Preguntar (solo si no es obvio) | Lo que el Personal NO PUEDE Preguntar/Exigir |
|---|---|
| 1. ¿Es el animal un animal de servicio requerido debido a una discapacidad? | Solicitar documentación o certificación para el animal. |
| 2. ¿Ha sido entrenado para realizar una función específica? | Requerir que el animal demuestre su tarea o trabajo. |
| Preguntar sobre la naturaleza específica de la discapacidad de la persona. |
Esta tabla resume de manera concisa las interacciones permitidas y prohibidas, sirviendo como una guía rápida tanto para los visitantes como para el personal.
Preguntas Frecuentes (FAQ) sobre Animales de Servicio en el Javits Center
A continuación, abordamos algunas preguntas comunes basadas en la política descrita:
¿Se permiten animales en general en el Javits Center, por ejemplo, mascotas de apoyo emocional?
Según la información proporcionada, solo se mencionan los Animales de Servicio certificados bajo la ley ADA. Las mascotas o animales de apoyo emocional que no estén entrenados para realizar una tarea específica relacionada con una discapacidad generalmente no tienen los mismos derechos de acceso bajo la ley ADA.
¿Necesito llevar alguna documentación o identificación especial para mi animal de servicio?
No. El personal del Javits Center no está autorizado a solicitar ninguna forma de documentación o certificación para su animal de servicio. La necesidad del animal se basa en la discapacidad del individuo y su entrenamiento funcional.
¿Pueden pedirle a mi animal de servicio que demuestre lo que hace para mí?
No. El personal tiene prohibido requerir que su animal de servicio demuestre las tareas para las que ha sido entrenado.
¿Pueden preguntarme sobre mi discapacidad?
No. El personal no puede indagar sobre la naturaleza de su discapacidad. Las únicas preguntas permitidas (si no es obvio que el animal es un animal de servicio) son si el animal es un animal de servicio requerido por una discapacidad y si ha sido entrenado para realizar una función específica.
¿De dónde provienen estas reglas?
Estas reglas se basan en las directrices y regulaciones de la Ley para Estadounidenses con Discapacidades (ADA), administrada por el Departamento de Justicia de los Estados Unidos.
Si la función de mi animal de servicio es obvia (por ejemplo, un perro guía), ¿aún así me harán preguntas?
La política establece que el personal solo puede hacer las dos preguntas específicas permitidas "en situaciones donde no es obvio que un perro es un animal de servicio". Si la función es clara, lo ideal es que no necesiten preguntar, aunque la aplicación puede variar ligeramente en la práctica. Conocer las reglas le permite responder adecuadamente si se le pregunta.
¿Qué debo hacer si siento que mis derechos o los de mi animal de servicio no están siendo respetados?
Familiarizarse con la política y la ley ADA es el primer paso. Si surge un problema, puede solicitar hablar con un supervisor o con el personal de relaciones con el cliente del evento o del Javits Center para aclarar la política. Si el problema persiste, puede haber vías formales para presentar una queja bajo la ADA.
En Resumen
La política del Javits Center sobre Animales de Servicio es clara y está alineada con la ley ADA. Los Animales de Servicio entrenados para asistir a personas con discapacidades son bienvenidos. La política protege la privacidad y los derechos de los visitantes al restringir estrictamente lo que el personal puede preguntar o exigir. No se requiere documentación, no se puede exigir demostración de tareas, y no se puede preguntar sobre la discapacidad. Las únicas interacciones permitidas, si no es obvio que el animal es un animal de servicio, son dos preguntas específicas sobre si el animal es un animal de servicio por discapacidad y si está entrenado para una función específica.
Entender esta política le ayudará a planificar su visita al Javits Center, ya sea para el Salón del Automóvil u otro evento, con la seguridad de que sus derechos y los de su animal de servicio serán respetados.
Esperamos que esta información detallada le sea útil y le permita disfrutar plenamente de su experiencia en el Javits Center, sabiendo que la accesibilidad para los Animales de Servicio es una prioridad regida por principios claros y legales.
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