31/01/2022
Comprar un vehículo, ya sea nuevo o de segunda mano, es una decisión importante que implica no solo elegir el modelo perfecto, sino también entender los aspectos fiscales asociados a la transacción. Una de las dudas más comunes entre los compradores es qué impuestos deben pagar y, en particular, si se aplica el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o algún otro tributo.

La respuesta a esta pregunta no es única, ya que el impuesto aplicable depende fundamentalmente de quién sea el vendedor del vehículo y de las circunstancias específicas de la venta.
Compra de Vehículos a un Particular: El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales
Cuando adquieres un coche usado directamente de otro particular, es decir, de alguien que no se dedica profesionalmente a la compraventa de vehículos, la operación está exenta de IVA. Esto es un punto crucial, ya que muchas personas asumen erróneamente que el IVA se aplica a todas las ventas.
En su lugar, la compra de un vehículo usado entre particulares está sujeta al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). Este impuesto grava la transmisión de bienes y derechos entre personas físicas en el ámbito privado. El ITP es un impuesto cedido a las comunidades autónomas en España, lo que significa que el porcentaje aplicable varía significativamente de una región a otra. Cada comunidad autónoma establece su propia escala o tipo impositivo, que generalmente se aplica sobre el valor real o el valor declarado del vehículo (el que sea mayor, según las tablas de valoración que publican anualmente). Es responsabilidad del comprador liquidar este impuesto en la comunidad autónoma donde resida o donde se produzca la transmisión.
Por lo tanto, si tu vendedor es un particular, no esperes ver IVA en la factura o contrato. El impuesto a considerar y liquidar será el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP).
Compra de Vehículos a un Concesionario o Empresa: Aquí Entra el IVA
La situación cambia por completo cuando compras un vehículo a un profesional del sector, como un concesionario, una empresa de compraventa de vehículos usados, o cualquier otra entidad jurídica que venda automóviles dentro de su actividad económica. En estos casos, la operación sí está sujeta a IVA.
Sin embargo, dentro de las ventas realizadas por profesionales, existen dos regímenes de IVA principales que pueden aplicarse, dependiendo de cómo adquirió el profesional el vehículo que te está vendiendo:
El Régimen General del IVA: El 21% Sobre el Total
Este es el régimen más conocido y se aplica a la mayoría de las transacciones comerciales. En el contexto de los vehículos, el Régimen General se aplica a:
- Vehículos nuevos.
- Vehículos de demostración o kilómetro cero (generalmente se consideran nuevos a efectos fiscales).
- Vehículos usados que el profesional adquirió a otra empresa o profesional que le facturó la venta con IVA y este IVA fue deducible para el comprador profesional.
Bajo el Régimen General, el IVA se aplica sobre el precio total de venta del vehículo. El tipo impositivo general en España para la mayoría de los bienes y servicios, incluidos los vehículos, es el 21%. Este IVA debe aparecer desglosado en la factura que emite el vendedor, indicando claramente la base imponible (el precio del coche sin IVA), la cuota de IVA (el 21% de la base imponible) y el precio total (base imponible + IVA).
Por ejemplo, si compras un coche nuevo por 25.000 € (sin IVA), el concesionario te facturará 25.000 € de base imponible + 5.250 € de IVA (el 21% de 25.000 €), haciendo un total de 30.250 €.
El Régimen Especial de Bienes Usados (REBU): IVA Sobre el Margen de Beneficio
Existe un régimen especial dentro del IVA, conocido como Régimen Especial de Bienes Usados (REBU). Este régimen se aplica comúnmente a la venta de vehículos de segunda mano por parte de profesionales (concesionarios, compraventas) que adquirieron esos vehículos de particulares o de otros vendedores que no les repercutieron IVA deducible (por ejemplo, otra empresa que aplicó REBU o una empresa que no pudo deducir el IVA en su momento).
La particularidad del REBU es que el IVA no se calcula sobre el precio total de venta del vehículo, sino únicamente sobre el margen de beneficio que obtiene el vendedor profesional en esa operación. El margen de beneficio se calcula como la diferencia entre el precio de venta del vehículo y el precio al que el profesional lo adquirió.
La principal consecuencia práctica del REBU para el comprador es que el IVA no aparece desglosado en la factura. La factura simplemente indicará que la operación está acogida al Régimen Especial de Bienes Usados (REBU). Esto no significa que no estés pagando IVA; el IVA está incluido en el precio total, calculado sobre el margen de beneficio del vendedor, pero no se muestra por separado.

El REBU se diseñó para evitar una doble o múltiple imposición sobre el valor total de los bienes usados. Si un concesionario compra un coche a un particular sin pagar IVA (ya que la operación entre particulares está sujeta a ITP), y luego tuviera que aplicar el 21% de IVA sobre el precio total de venta, el coche se encarecería fiscalmente de forma desproporcionada.
Por lo tanto, al comprar un coche usado a un concesionario o empresa, es muy probable que la operación esté acogida al Régimen Especial de Bienes Usados (REBU), especialmente si el vehículo proviene de un particular.
Tabla Comparativa de Impuestos en la Compra de Vehículos
| Situación de Compra | Impuesto Aplicable | Base Imponible del Impuesto | Tipo Impositivo | ¿IVA Desglosado en Factura? |
|---|---|---|---|---|
| Compra a un Particular | Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) | Valor real o declarado (el mayor), según tablas autonómicas | Varía por comunidad autónoma | No aplica (no hay factura con IVA) |
| Compra a un Profesional (Régimen General) | IVA (Régimen General) | Precio total de venta (sin IVA) | 21% | Sí, aparece desglosado |
| Compra a un Profesional (REBU) | IVA (Régimen Especial de Bienes Usados (REBU)) | Margen de beneficio del vendedor | Tipo general (actualmente 21% aplicado al margen) | No, el IVA está incluido en el precio total y no se desglosa |
¿Por Qué es Fundamental Conocer Estos Regímenes?
Entender si la compra de un vehículo está sujeta a ITP, IVA bajo Régimen General o IVA bajo REBU es vital por varias razones:
- Cálculo del Coste Total: El impuesto representa una parte significativa del coste final del vehículo. Saber qué impuesto se aplica te permite calcular con precisión el desembolso total.
- Obligaciones Fiscales: Si compras a un particular, tienes la obligación de liquidar el ITP por tu cuenta. Si compras a un profesional, el impuesto (IVA) está incluido en el precio y es el vendedor quien se encarga de declararlo e ingresarlo a Hacienda (aunque indirectamente lo pagas tú como parte del precio).
- Legalidad y Trámites: No pagar el ITP en una compra a particular impide realizar el cambio de titularidad del vehículo en la Dirección General de Tráfico (DGT).
- Deducibilidad: Si eres autónomo o empresa, la posibilidad de deducir el IVA de la compra de un vehículo depende de si la operación está sujeta a Régimen General (donde el IVA es deducible, con ciertas limitaciones según el uso) o a REBU (donde, al no estar desglosado, el comprador no puede deducir el IVA, aunque sí puede deducir el coste total del vehículo como gasto de inversión, con sus amortizaciones correspondientes).
Preguntas Frecuentes (FAQs) sobre Impuestos en Vehículos
¿El IVA siempre es el 21% en coches?
El tipo general de IVA aplicable a los vehículos es el 21%. Sin embargo, este 21% se aplica sobre bases imponibles diferentes según el régimen: sobre el precio total en el Régimen General y sobre el margen de beneficio en el REBU. Además, si compras a un particular, no hay IVA, sino ITP, cuyo porcentaje varía por comunidad autónoma.
¿Qué es el ITP y cuándo se paga?
El ITP es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Se paga cuando se adquiere un bien usado (como un coche) a un particular. Lo paga el comprador y debe liquidarse en la comunidad autónoma correspondiente dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha del contrato de compraventa.
¿Cómo sé si un coche usado de concesionario está en Régimen General o REBU?
La factura de compra es clave. Si la factura detalla el precio base, la cuota de IVA al 21% y el total, está en Régimen General. Si la factura simplemente indica el precio total y menciona que la operación está acogida al Régimen Especial de Bienes Usados (REBU) sin desglosar el IVA, entonces aplica este régimen especial.
¿Puedo elegir si quiero pagar ITP o IVA?
No, el impuesto aplicable no es una elección, sino que viene determinado por la naturaleza del vendedor. Si compras a un particular, aplica ITP. Si compras a un profesional (concesionario/empresa), aplica IVA, ya sea en Régimen General o REBU, dependiendo de cómo el profesional adquirió el vehículo.
¿El precio del ITP es fijo?
No, el tipo impositivo y a menudo la base imponible (el valor fiscal del coche) para el cálculo del ITP varían según la comunidad autónoma. Por lo tanto, el coste del ITP por un mismo coche puede ser diferente si la compra se liquida en una comunidad u otra.
¿Qué pasa con otros impuestos al comprar un coche?
Además del IVA o ITP, al comprar un coche (especialmente uno nuevo o de importación), puede que tengas que pagar el Impuesto de Matriculación (basado en emisiones de CO2). Anualmente, todos los propietarios de vehículos deben pagar el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), conocido como impuesto de circulación, que depende del ayuntamiento.
Conclusión
En resumen, al plantearte la compra de un vehículo, es fundamental identificar primero quién es el vendedor. Si es un particular, el impuesto aplicable es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que varía regionalmente y debes liquidar tú mismo. Si el vendedor es un profesional (concesionario o empresa), la operación está sujeta a IVA, pero bajo dos posibles regímenes: el Régimen General ( 21% sobre el precio total, IVA desglosado) o el Régimen Especial de Bienes Usados (REBU) (IVA sobre el margen de beneficio, no desglosado en factura, común para vehículos usados provenientes de particulares). Conocer estas diferencias te permitirá presupuestar correctamente, cumplir con tus obligaciones fiscales y realizar la compra con total tranquilidad y seguridad jurídica.
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