03/01/2021
Como propietario o poseedor de un vehículo matriculado en Bogotá, una de tus responsabilidades anuales más importantes es el pago del Impuesto sobre Vehículos Automotores. Para la vigencia de 2025, las tarifas y los plazos ya han sido definidos, y conocer esta información a tiempo te permitirá cumplir con tu obligación, aprovechar posibles descuentos y evitar sanciones económicas.

- ¿Qué es el Impuesto Vehicular y por qué se paga?
- Determinación del Avalúo Comercial para 2025
- Tarifas Oficiales del Impuesto Vehicular en Bogotá para 2025
- Cálculo de Tu Impuesto Vehicular 2025
- Derechos de Semaforización
- Incentivos para Vehículos Eléctricos e Híbridos en Bogotá
- Plazos para el Pago del Impuesto Vehicular 2025 en Bogotá
- ¿Cómo y Dónde Pagar el Impuesto Vehicular 2025 en Bogotá?
- Consecuencias de No Pagar a Tiempo
- Preguntas Frecuentes sobre el Impuesto Vehicular 2025 en Bogotá
- ¿Quiénes deben pagar el Impuesto Vehicular en Bogotá?
- ¿Las motos pagan impuesto vehicular?
- ¿Cómo sé cuál es el avalúo comercial de mi vehículo para 2025?
- ¿Cuál es la fecha límite para pagar con descuento en Bogotá en 2025?
- ¿Cuál es la fecha límite para pagar sin sanción en Bogotá en 2025?
- ¿Los vehículos eléctricos o híbridos tienen beneficios en Bogotá?
- ¿Qué pasa si pago el impuesto después de la fecha límite?
- ¿Dónde puedo descargar la factura para pagar el impuesto vehicular 2025 en Bogotá?
- ¿Qué son los derechos de semaforización?
¿Qué es el Impuesto Vehicular y por qué se paga?
El Impuesto sobre Vehículos Automotores es un tributo de carácter directo que recae sobre la propiedad o posesión de los vehículos gravados. Su propósito principal es la financiación de obras de infraestructura vial y otros proyectos de desarrollo en el departamento donde el vehículo se encuentra matriculado, en este caso, el Distrito Capital de Bogotá.
Este impuesto es de naturaleza anual y su pago es obligatorio para la mayoría de los vehículos que transitan por las vías públicas, con algunas excepciones específicas que detallaremos más adelante. La base para su cálculo es el valor comercial del vehículo, conocido como avalúo, el cual es determinado y ajustado anualmente por el Ministerio de Transporte.
Determinación del Avalúo Comercial para 2025
Cada año, el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Transporte, expide una resolución que establece la tabla de avalúos comerciales para todos los vehículos automotores del país. Esta tabla considera factores como la marca, la línea, el modelo y las características específicas del vehículo para asignarle un valor de referencia. Este avalúo es la base principal sobre la cual se aplicará la tarifa correspondiente para liquidar el impuesto.
Para los vehículos nuevos, la base gravable es diferente; se toma el valor de la factura de compra, excluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Si el vehículo es importado directamente por el propietario o poseedor, la base será el valor total declarado en la declaración de importación. Es importante saber que, en el caso de vehículos nuevos, el impuesto del primer año se liquida de forma proporcional a los meses que resten del año gravable, considerando cualquier fracción de mes como un mes completo.
Tarifas Oficiales del Impuesto Vehicular en Bogotá para 2025
Las tarifas del impuesto vehicular se reajustan anualmente. Para la vigencia 2025, estas tarifas han sido definidas según el Decreto 1493 del 13 de diciembre de 2024. Además, de acuerdo con el artículo 33 de la Ley 2199 de 2022, la tarifa base tuvo un incremento de 0,2 puntos porcentuales a partir de 2023, lo cual ya se ve reflejado en las tarifas establecidas para 2025.
Las tarifas aplicables para el año gravable 2025 en Bogotá, según el tipo de vehículo y su rango de avalúo comercial, son las siguientes:
| Tipo de vehículo | Rango de avalúos comerciales (2025) | Tarifa (2025) |
|---|---|---|
| Servicio Público (Excepto Taxis Eléctricos con beneficio) | Todos los avalúos | 0,7% |
| Eléctricos (Excepto Taxis Eléctricos con beneficio, tarifa máxima) | Todos los avalúos | 1,2% |
| Vehículos Particulares (Automóviles, camperos, camionetas, station wagon, vehículos de carga y de pasajeros) | Hasta $55.679.000 | 1,7% |
| Más de $55.679.000 y hasta $125.274.000 | 2,7% | |
| Más de $125.274.000 | 3,7% |
Es fundamental notar que estas tarifas son las específicas para el año 2025 en Bogotá, basadas en la normativa más reciente. El avalúo de tu vehículo determinará en cuál rango te encuentras y, por lo tanto, qué tarifa debes aplicar.

Consideraciones Especiales sobre Tarifas
Aunque la tabla anterior presenta las tarifas generales, existen algunas consideraciones adicionales:
- Para vehículos eléctricos matriculados en Bogotá, la tarifa aplicable no puede superar el 1,2% de su valor comercial, incluso si por su avalúo caerían en un rango de tarifa mayor.
- Las motos con cilindraje superior a 125 c.c. también están gravadas con el impuesto vehicular. Aunque la información proporcionada se centra en vehículos de mayor tamaño, históricamente la tarifa para estas motocicletas ha sido del 1,5%. Debes verificar el avalúo específico de tu motocicleta para 2025 y la tarifa confirmada para este tipo de vehículo si aplica.
Cálculo de Tu Impuesto Vehicular 2025
Calcular el valor aproximado de tu impuesto es relativamente sencillo una vez que conoces el avalúo comercial de tu vehículo para 2025 y la tarifa que le corresponde según la tabla. La fórmula básica es:
Impuesto = Avalúo Comercial x (Tarifa / 100)
Por ejemplo, si tienes un vehículo particular con un avalúo comercial de $60.000.000 para el año 2025, este valor se encuentra en el rango "Más de $55.679.000 y hasta $125.274.000". La tarifa aplicable es del 2,7%. Por lo tanto, el cálculo sería:
Impuesto = $60.000.000 x (2,7 / 100) = $60.000.000 x 0,027 = $1.620.000
A este valor debes sumar los derechos de semaforización, de los cuales hablaremos a continuación.
Derechos de Semaforización
Además del impuesto como tal, la mayoría de los vehículos deben pagar los derechos de semaforización. Este cobro es un valor fijo que se reajusta anualmente. Para 2025, este valor equivale a 2 Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV). Este valor se suma al impuesto liquidado.
Es importante aclarar quiénes deben pagar los derechos de semaforización. Contrario a lo que podría pensarse, los vehículos particulares, camperos, camionetas, station wagon, vehículos de carga y de pasajeros que *sí* transitan por vías públicas pagan tanto el impuesto vehicular como los derechos de semaforización.
Los vehículos que *solo* pagan los derechos de semaforización (y no el impuesto vehicular) son las motos con cilindraje menor a 125 c.c. Otros vehículos de uso específico como tractores para trabajo agrícola o sobre oruga, cargadores, mototrillas, compactadoras, motoniveladoras y vehículos de uso industrial que *no* transitan por las vías públicas, también solo pagan los derechos de semaforización.
Incentivos para Vehículos Eléctricos e Híbridos en Bogotá
Bogotá continúa fomentando la movilidad sostenible ofreciendo importantes descuentos en el impuesto vehicular para propietarios de vehículos eléctricos e híbridos matriculados en la ciudad. Estos incentivos están vigentes desde el año gravable 2021 y se extienden hasta el 2030.
Los descuentos aplicables son:
- Vehículos eléctricos nuevos (particulares): Tienen derecho a un descuento del 60% sobre el valor del impuesto vehicular, por los cinco (5) años siguientes al año en que se matriculó el vehículo en Bogotá.
- Vehículos eléctricos de servicio público tipo taxi (nuevos): Reciben un descuento del 70% del impuesto, también por los cinco (5) años siguientes a la matriculación en Bogotá.
- Vehículos híbridos eléctricos nuevos (particulares): Gozan de un descuento del 40% del impuesto, por los cinco (5) años siguientes a aquel en que sea matriculado el vehículo en Bogotá. Es crucial saber que este beneficio *no* aplica para vehículos híbridos con gas.
- Vehículos eléctricos de servicio público tipo taxi (ya matriculados antes del Acuerdo 780 de 2020): Tienen un descuento del 70% del impuesto por un periodo de cinco (5) años, contados a partir de la entrada en vigencia del Acuerdo 780 de 2020.
Estos descuentos representan un ahorro significativo y buscan incentivar la transición hacia tecnologías más limpias en el parque automotor de la ciudad.
Plazos para el Pago del Impuesto Vehicular 2025 en Bogotá
Cumplir con los plazos establecidos es vital para evitar sanciones y aprovechar beneficios. La Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá ha definido las siguientes fechas límite para el pago del impuesto vehicular del año gravable 2025:
- Fecha límite con 10% de descuento: Tienes hasta el viernes, 16 de mayo de 2025, para realizar el pago y obtener una reducción del 10% sobre el valor total del impuesto (sin incluir los derechos de semaforización).
- Fecha límite sin descuento ni sanción: El plazo máximo para declarar y pagar el impuesto vehicular de 2025, sin que se generen intereses moratorios o sanciones por extemporaneidad, es el viernes, 25 de julio de 2025.
Es fundamental marcar estas fechas en tu calendario para asegurar el cumplimiento oportuno de tu obligación.

¿Cómo y Dónde Pagar el Impuesto Vehicular 2025 en Bogotá?
La Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá ofrece diversas opciones para facilitar el pago del impuesto:
- Pago en Línea: Es la opción más cómoda y recomendada. Debes acceder al portal web oficial de la Secretaría Distrital de Hacienda (SHD). Generalmente, buscas la sección de 'Pagos Bogotá' o 'Impuestos', seleccionas la opción de 'Vehículos 2025' y luego 'Paga en línea'. Deberás ingresar los datos de tu vehículo (placa, tipo de documento del propietario, número de documento) para generar la factura o liquidación. Una vez generada, podrás pagarla directamente a través de los medios electrónicos habilitados (PSE, tarjetas de crédito, etc.).
- Pago Presencial en Bancos Autorizados: Si prefieres pagar en efectivo o con cheque, puedes generar la factura o recibo en línea desde el portal de la SHD y luego imprimirlo. Con el recibo impreso, acude a cualquiera de las entidades bancarias autorizadas por la Secretaría de Hacienda para realizar el pago. La lista de bancos autorizados suele estar disponible en el mismo portal de la SHD.
- Pago en Puntos de Atención: En algunos casos, la Secretaría de Hacienda habilita puntos de atención presencial donde puedes obtener ayuda para generar tu liquidación y, en algunos casos, realizar el pago. Consulta el portal de la SHD para conocer la ubicación y horarios de estos puntos.
Independientemente del método que elijas, asegúrate de obtener y conservar el comprobante de pago como respaldo.
Consecuencias de No Pagar a Tiempo
Si no pagas el impuesto vehicular dentro de los plazos establecidos por la Secretaría Distrital de Hacienda, te expones a sanciones económicas. A partir del día siguiente a la fecha límite sin descuento (26 de julio de 2025), se generará una sanción por extemporaneidad, cuyo valor mínimo es fijado anualmente (para 2025, debes consultar el valor del Salario Mínimo Mensual Legal Vigente para conocer la sanción mínima, que suele ser un porcentaje de este). Adicionalmente, por cada día de retraso, se calcularán intereses de mora sobre el valor del impuesto, lo que incrementará progresivamente el monto total a pagar.
Es importante recordar que el impuesto vehicular no puede liquidarse con pagos parciales ni se permite la realización de acuerdos de pago sobre el valor del impuesto mismo. Una vez que generas la declaración o factura, debes pagar el monto total adeudado en una sola transacción.
Preguntas Frecuentes sobre el Impuesto Vehicular 2025 en Bogotá
¿Quiénes deben pagar el Impuesto Vehicular en Bogotá?
Deben pagar el impuesto los propietarios o poseedores de vehículos automotores (automóviles, camperos, camionetas, station wagon, vehículos de carga y pasajeros) y motocicletas con cilindraje superior a 125 c.c. matriculados en el Distrito Capital.
¿Las motos pagan impuesto vehicular?
Sí, las motocicletas con cilindraje superior a 125 c.c. están gravadas con el impuesto vehicular y deben pagarlo anualmente. Las motocicletas con cilindraje igual o inferior a 125 c.c. no pagan impuesto vehicular, pero sí deben pagar anualmente los derechos de semaforización.
¿Cómo sé cuál es el avalúo comercial de mi vehículo para 2025?
El avalúo comercial es establecido anualmente por el Ministerio de Transporte mediante resolución. Puedes consultarlo directamente en el portal de la Secretaría de Hacienda de Bogotá al momento de generar tu liquidación, o en los enlaces que disponga el Ministerio de Transporte para tal fin.
¿Cuál es la fecha límite para pagar con descuento en Bogotá en 2025?
La fecha límite para pagar el impuesto vehicular 2025 con el 10% de descuento en Bogotá es el viernes, 16 de mayo de 2025.

¿Cuál es la fecha límite para pagar sin sanción en Bogotá en 2025?
La fecha máxima para declarar y pagar el impuesto vehicular 2025 sin incurrir en sanción ni intereses de mora es el viernes, 25 de julio de 2025.
¿Los vehículos eléctricos o híbridos tienen beneficios en Bogotá?
Sí, Bogotá ofrece descuentos significativos en el impuesto vehicular para vehículos eléctricos (60% o 70% para taxis) e híbridos eléctricos (40%), aplicables por 5 años a partir de su matriculación, siempre que cumplan los requisitos establecidos.
¿Qué pasa si pago el impuesto después de la fecha límite?
Si pagas después del 25 de julio de 2025, deberás pagar el valor total del impuesto más una sanción por extemporaneidad y los intereses de mora calculados por cada día de retraso.
¿Dónde puedo descargar la factura para pagar el impuesto vehicular 2025 en Bogotá?
Puedes descargar la factura o liquidación desde el portal web de la Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá, usualmente en la sección de 'Pagos Bogotá', seleccionando 'Vehículos 2025' y siguiendo los pasos indicados para generar el recibo con los datos de tu vehículo.
¿Qué son los derechos de semaforización?
Es un cobro adicional al impuesto vehicular, cuyo valor es fijo (equivalente a 2 SMDLV en 2025) y que deben pagar la mayoría de los vehículos que transitan por vías públicas, incluyendo los gravados con el impuesto, y las motocicletas de hasta 125 c.c.
Mantener al día el pago de tu impuesto vehicular no solo te evita problemas legales y económicos, sino que también contribuye al desarrollo y mantenimiento de la infraestructura vial de Bogotá. Asegúrate de consultar siempre las fuentes oficiales de la Secretaría Distrital de Hacienda para obtener la información más precisa y actualizada sobre tu obligación tributaria.
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